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Reducen la pena a un abusador porque la niña "no se resistió"
22 - 03 - 2017 - EMERGENCIA ANTROPOLOGICA - Otros

El magistrado defiende que “no se ha probado que la menor opusiera resistencia física o protestara, llorara o gritara, siendo habitual que volviera a la casa del acusado toda vez que éste le hacía regalos diversos para contentarla”, lo que “obliga a degradar la calificación delictiva de la agresión sexual”.

Tres años y nueve meses es el tiempo que pasará en la cárcel un hombre de Cantabria que abusó sexualmente de su vecina cuando ésta tenía tan sólo cinco años hasta que cumplió diez. Según ha informado el diario ABC, dicha condena ha sido reducida puesto que el juez ha descartado que existiera “agresión sexual” ya que la menor no puso resistencia.

En la sentencia, el magistrado defiende que “no se ha probado que la menor opusiera resistencia física o protestara, llorara o gritara, siendo habitual que volviera a la casa del acusado toda vez que éste le hacía regalos diversos para contentarla”, lo que “obliga a degradar la calificación delictiva de la agresión sexual, que propugnan las acusaciones, al abuso sexual”.

El juez ha decretado que “una niña de 5, 6, 7 o más años no va voluntariamente a una casa donde su morador la pega, la agrede, la coacciona o la intimida. La niña no era llevada a la casa del procesado: iba ella sola. Y la razón de tal asistencia la explicó ella misma: el procesado le regalaba todo aquello que su padre no le regalaba.

“Cierto es que la niña ha dicho en todo momento que en algunas ocasiones trató de zafarse y de quitarse al procesado de encima, llegando incluso a pegarle -ella a él-. Sin embargo la Sala detecta algunas contradicciones que la inclinan a dudar de la concurrencia de tal violencia o intimidación. Dijo en el juicio que cuando el procesado le hacía lo que le hacía ‘pensaba que era un juego’, expresión que difícilmente se compadece con la concurrencia de violencia física o de intimidación”, se puede leer en la sentencia.

La audiencia cántabra explica que en la sentencia que el acusado “le efectuó tocamientos y actos lascivos que cada vez fueron a más: primero, aprovechando actos de aseo de la misma, luego desnudándola, hasta terminar acariciando y besando la zona genital de la chica o masturbándose sobre ella”.

Por ello, el juez ha condenado al hombre por un delito continuado de abusos sexuales a una pena de tres años y nueve meses de prisión, la prohibición de acercarse a la víctima durante 6 años y una indemnización de 6.000 euros.

(Fuente: Infovaticana)