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Ideología de género en escuelas de Valencia
29 - 12 - 2016 - EMERGENCIA ANTROPOLOGICA - Otros

El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado un protocolo que obliga a los centros educativos públicos a dirigirse al alumno por el nombre y el género que haya escogido y a garantizar que pueda usar la vestimenta con la que se sienta identificado. 

La Consejería de Educación de la Generalitat Valenciana ha aprobado un “protocolo de acompañamiento para garantizar el derecho a la identidad de género, la expresión de género y la intersexualidad” que contiene las actuaciones que deberán llevar a cabo los centros educativos públicos en relación con el “alumnado trans e intersexual”.

El protocolo ha entrado en vigor con su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana el martes 27 de diciembre y se deberá aplicar en todos los centros educativos públicos de la comunidad.

Entre las medidas que se incluyen en este protocolo se encuentra permitir que los alumnos accedan a lavabos y vestuarios “de acuerdo con la identidad de género manifestada” y usen las instalaciones del centro según esta identidad. Se recomienda a los centros, además, repensar la distribución de lavabos de chicas y chicos o la posibilidad de que sean mixtos.

A partir de ahora, en los centros educativos públicos valencianos habrá que dirigirse al alumno por el nombre y según el género que haya escogido y se deberá garantizar la libertad de vestimenta con que el alumno se sienta identificado.

El nuevo protocolo también recoge que se deberán evitar en los centros públicos discursos que presupongan “la asignación de un género o una orientación sexual determinada por el sexo biológico” o las actividades diferenciadas por género.

¿Y las familias que no reconozcan ‘la identidad expresada por su hijo’?

Ante una posible situación de discriminación, el protocolo establece que, previamente a la comunicación del caso a la familia, “habrá que estudiar si en el ámbito familiar existen indicadores de transfobia o de no aceptación de la situación”.

En el caso de que la familia no reconozca “la identidad expresada por su hijo”, el director del centro deberá solicitar a la inspección educativa la intervención de las Unidades de Atención e Intervención. “En casos extremos de no colaboración y agotada la vía del diálogo”, el centro procederá a la aplicación del protocolo de la orden relativa al maltrato infantil que figura al anexo III de la Orden 62/2014, de 28 de julio.

La diversidad LGTBI en los planes de estudio

El protocolo también indica que se organizarán “actividades formativas” que aborden la diversidad LGTBI para que se incluya en los planes de estudio y programaciones. La diversidad deberá concretarse en las programaciones didácticas, en el Plan de acción tutorial, en el Plan de convivencia e igualdad, en la Programación de actividades extraescolares y en los reglamentos de régimen interno.

Asimismo, en el documento se afirma que “la escuela tiene que convertirse en el motor de un cambio social” y que “la vulnerabilidad del alumnado con una identidad de género divergente a la asignada por la sociedad” hace necesario que se lleven a cabo medidas para “visibilizar la diversidad sexual”.

(Fuente: Infovaticana)