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Cannabis medicinal: La Iglesia alerta sobre el fomento del autocultivo
15 - 11 - 2020 - GENERALES -
La Pastoral de Adicciones advirtió que la prudencia y responsabilidad que exige la aplicación paliativa del canabidiol no condice con una "apertura irrestricta" del autocultivo y puede convertirse en la "legitimación encubierta" de otros tipos de consumo. (Fuente: Valoresreligiosos)

La Comisión Nacional de Pastoral de Adicciones y Drogadependencia de la Iglesia sostuvo, tal como lo hizo en 2016, que la provisión de canabidiol "debe correr por parte del Estado y ser gratuita", en un comunicado con objeciones a la reglamentación de la Ley Nº 27.350 sobre “investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados". El organismo de la Conferencia Episcopal Argentina, encabezado por el obispo Fernando Maletti y el padre José María Pepe Di Paola, afirmó que la aplicación paliativa con fines medicinales del canabidiol, reclamadas por pacientes y familiares de pacientes, debe ser "apoyada y acompañada por el conjunto de la sociedad", pero recordando que las agencias encargadas del control de medicamentos del mundo aconsejan "responsabilidad y prudencia". "Esa responsabilidad y prudencia no se condicen con la apertura irrestricta que significa el autocultivo de cannabis para sí o para terceros y la falta de especificación de las enfermedades que ameritan su aplicación", advirtió, y sostuvo: "De esta manera, la norma puede convertirse en una legitimación encubierta de otros tipos de consumos y eso nos preocupa". La Pastoral de Adicciones recordó que, dejando de lado el agravamiento de la situación generado por la pandemia, en las villas y barrios populares "no es fácil sostener el colegio ni conseguir un trabajo" y diferenció: "La educación y el trabajo son poco accesibles, las sustancias adictivas ahora son más accesibles". "Para hacer justicia a quienes padecen una enfermedad no hay que exponer a los más frágiles. Por esa razón en el comunicado que presentamos en 2016 señalábamos que la provisión de canabidiol debe correr por parte del Estado y ser gratuita", concluyó. La nueva reglamentación de la ley de Uso Medicinal del Cannabis (27.350), publicada el pasado jueves en el Boletín Oficial, amplía su utilización más allá de la epilepsia refractaria, permite el autocultivo, garantiza la provisión para pacientes, fomenta la investigación y autoriza la producción pública y privada de aceite y otros derivados, lo que fue celebrado por pacientes, familiares y organizaciones. La nueva reglamentación -que deroga el Decreto N° 738/2017- surgió a partir de la construcción de consensos entre las autoridades sanitarias, las sociedades científicas, los organismos públicos involucrados y las organizaciones no gubernamentales. A través del Registro del Programa de Cannabis (ReProCann), los pacientes podrán inscribirse para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada.