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Histórica victoria provida en Guatemala
14 - 12 - 2017 - EMERGENCIA ANTROPOLOGICA - Vida

La Corte de Justicia (el Supremo guatemalteco) retira un folleto pro aborto pagado por la ONU y prohibe "cualquier actividad que conlleve fomentar el aborto". Además, reclama que se elaboren nuevos materiales en tres meses para "contrarrestar los efectos" del material retirado.(Actuall)

La Corte Suprema de Justicia de Guatemala ha otorgado una importante victoria al movimiento provida en Hispanoamérica al ordenar el cese de la distribución de un folleto que promueve el aborto entre los adolescentes.

La Asociación La Familia Importa de Guatemala impugnó la distribución desde 2015 del manual titulado ‘Derechos humanos, derechos sexuales y reproductivos y atención a niñas y adolescentes’ promovido y financiado por el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA).

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Al procedimiento, que se inició en junio de 2016 a instancias de La Familia Importa, se unió el diputado José Rodrigo Valladares, en coherencia con su deber parlamentario de hacer cumplir la Constitución, cuyo tercer artículo reconoce el derecho a la vida: “El Estado garantiza y protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona”.

La Corte Suprema de Justicia prohibe “emitir cualquier manual o realizar cualquier actividad que conlleve apoyar y fomentar el aborto”

Año y medio después, la Corte Suprema de Justicia, en una sentencia con fecha 8 de diciembre, ha ordenado no sólo que se deje de distribuir y explicar el controvertido manual, sino que además la autoridad competente “se abstenga de emitir cualquier manual o realizar cualquier actividad que conlleve apoyar y fomentar el aborto o prácticas abortivas”.

Asimismo, queda prohibida “la presentación como derecho” del aborto, así como “la promoción de su legalización o de la transgresión del derecho a la vida humana desde la concepción”.

Contrarrestar los efectos
El alto tribunal no sólo retira de la circulación el material pro aborto, sino que además dice que se “deberá contrarrestar los efectos que la distribución del material haya podido tener, mediante la distribución de material que sea congruente con los derechos garantizados por la Constitución Política de la República de Guatemala”.

La sentencia es expeditiva en cuanto los plazos. Daba 24 horas para la retirada del material inconstitucional y tres meses para la puesta en marcha del programa que revierta los efectos negativos del folleto pagado por la ONU. Pasado ese tiempo, “deberá informar a esta Corte acerca de lo actuado”.

Por ultimo, la Corte Suprema de Justicia de Guatemala apercibe a la autoridad impugnada [la Procuraduría de los Derechos Humanos] de que “en caso de incumplimiento, incurrirá en una multa de cuatro mil quetzales sin prejuicio de las responsabilidades civiles y penales consiguientes”.