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Audiencias públicas por la enseñanza religiosa en Salta
12 - 08 - 2017 - CULTURA - Educación

La Corte Suprema de la Nación dispuso el primer debate para este miércoles. La causa fue iniciada por un grupo de padres contra la provincia de Salta (Argentina), tras afirmar que se discrimina a los no católicos. Las autoridades sostienen que hay opción de credos.(AICA)

Primera hora, Matemática. Segunda hora, Lengua. Tercera hora, Religión. Esta es la secuencia educativa típica hoy en una escuela primaria pública de Salta, donde una serie de normas habilitaron en 2008 la enseñanza religiosa en los colegios estatales. Y como el 87% de los padres son católicos, esa es la religión que se enseña en la mayoría de las escuelas salteñas.

Un grupo de padres, junto a la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), iniciaron un juicio contra esas normas por considerar que discrimina a los chicos que no tienen familias de esa religión y viola la libertad de pensamiento, consagrada por la Constitución. Y si bien el máximo tribunal de la Justicia salteña falló a favor del gobierno local, la ADC apeló y el caso llegó ahora hasta la Corte Suprema de la Nación. El miércoles que viene habrá una audiencia pública sobre este tema.

Para el gobierno de Salta el artículo 5 de la Constitución Nacional les garantiza la independencia para tomar decisiones educativas. El 10 de marzo, un dictamen del procurador adjunto le dio la razón a ADC y recomendó a la Corte revocar la sentencia de la corte salteña. El debate se actualiza, además, por las declaraciones que hizo este año el ex ministro de Educación Esteban Bullrich, cuando dijo que “en las escuelas públicas debe haber enseñanza de la religión, no solamente de una”.

El debate no es nuevo. Ya en 1884, y tras encendidas discusiones, los dirigentes de la “generación del ochenta” lo definieron a través del artículo 8 de la Ley de Educación Común 1420, que estableció que en la Argentina “la enseñanza religiosa sólo puede ser dada en las escuelas públicas por los ministros autorizados de los diferentes cultos, a los niños de su respectiva comunión y antes o después de las horas de clase”. Es decir, sólo para los que quieren y no curricular. Esto siempre fue entendido como una garantía de “laicidad”.

Pero en los años noventa la gestión de la educación pasó a las provincias y ahora son los distritos quienes pueden establecer sus normas. Fue lo que hizo Salta en 2008, cuando sancionó su Ley de Educación que establece que se debe garantizar a los padres el derecho a que sus hijos reciban en la escuela pública “la educación religiosa que esté de acuerdo con sus propias convicciones” y, a contramano de la ley 1420, que esa enseñanza religiosa “formará parte de los planes de estudio” y se impartirá “dentro de los horarios de clase”.

El problema no fue solo la norma sino, más aún, la implementación. El fiscal Víctor Abramovich sostuvo, en su dictamen, que “está acreditado que mientras los alumnos católicos reciben educación religiosa, los no católicos son instruidos en una religión en contra de sus convicciones, y los pocos que deciden no participar no reciben una instrucción alternativa”. También, que algunos chicos son “señalados como ‘no creyentes’ en el boletín de calificaciones”.

“Hay un claro trato discriminatorio para los alumnos que no profesan la religión católica y cuando llegan a la escuela tienen rezo obligatorio, cuadernos y símbolos religiosos. Y si deciden no participar, les dicen que se queden afuera sin ninguna actividad alternativa”, dijo a Clarín Torcuato Sozio, director de ADC.

Pero también hay otra visión. Como la de Juan Navarro Floria, profesor de la UCA y experto en Libertad Religiosa que será uno de los posibles “amicus curiae” (amigos del tribunal) en la audiencia del miércoles. “No es cierto que hay discriminación. En el boletín no se señala la religión y los chicos no católicos no son apartados del aula. Tampoco es cierto que haya solo religión católica. Lo que se cuestiona es el hecho de que exista educación religiosa. Pero en Salta siempre lo hubo, antes de 2008. El artículo 5 de la Constitución faculta a las provincias elegir el tipo de educación primaria. Además, tratados como el de San José de Costa Rica, en el artículo 12, garantiza el derecho de los padres a que sus hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.”

Mariano Narodowski, profesor de la Universidad Di Tella, agrega elementos al debate. “La Constitución garantiza la libertad religiosa lo que implica el derecho de las minorías a no tener religión en la escuela o a pretender que le den otras religiones, lo cual es imposible en Salta donde no son religiosos los que enseñan religión sino los propios docentes”, dice.

Pese a las diferencias, los entrevistados coinciden en que debería haber es enseñanza de las religiones, de todas y con una mirada amplia. “Admito que no se puede imponer una práctica religiosa. Pero corremos el riesgo de formar analfabetos religiosos que no pueden entender, por ejemplo, qué es lo que pasa en Medio Oriente”, dice Navarro Floria.

Analía Berruezo es la actual ministra de Educación de Salta y le cuenta a Clarín que está trabajando con la fiscal de Estado en la presentación que hará el miércoles que viene ante la Corte Suprema. “Hemos leído mucho y hemos salido a recorrer escuelas para tener la temperatura en cuanto a qué sucede en las clases de religión”, dice.

- El procurador dice que se está discriminando a los chicos que no son católicos. ¿Qué vio usted?

- La ley provincial establece que la enseñanza religiosa no pertenece a ningún credo. Vimos distintas situaciones que las vamos a exponer: en la mayoría se trabaja con proyectos de convivencia y de vida, como donar órganos. Ahora, el 87% de los padres expresamente quiere educación católica. Y hubo situaciones como las que dice el fiscal. Pero se elaboraron normativas y esto está cambiando en forma sustancial. Así como cambia Lengua o Matemática, también está cambiando la forma en que se da educación religiosa atendiendo a la integralidad.

- ¿Qué pasa con los chicos que no son católicos?

- Si el papá no quiere, no va. Hicimos programas alternativos.

- La posición de ADC es que la provincia discrimina a los chicos que no son católicos?

- No los obligamos a hacer oraciones al inicio de la jornada. Hay oraciones pero no son obligatorias. Cuando son las clases de religión salen del aula, están en la biblioteca con su maestra. Nosotros discutimos mucho esto. También pueden sentirse discriminadas las personas que quieren educación religiosa y no la pueden tener.

- ¿Cómo será su presentación el miércoles que viene?

- Vamos a explicar que el federalismo nos permite tener nuestra legislación en educación. Vamos a explicar por qué es importante para nosotros y todo lo que estamos haciendo, por ejemplo trabajando con los docentes, para que las horas de religión no sean confesionales. Hay prácticas religiosas en cualquier escuela y provincia, pero no es a lo que apuntamos sino a la integralidad del conocimiento. Saqué fotos de las actividades que se hacen en los colegios de Salta y voy a mostrar todas esas imágenes.

Torcuato Sozio dirige la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), la ONG a la que acudieron un grupo de padres salteños en 2008 cuando sintieron que eran discriminados ellos y sus hijos en las escuelas públicas por no profesar la religión católica.

“Las leyes provinciales son discriminatorias, pero la forma en que se aplicó aumenta aún más el carácter discriminatorio hacia los chicos que no profesan la religión católica. Llegan a la escuela y tienen rezo obligatorio, cuadernos especiales y hay símbolos religiosos en las escuelas. Y si deciden no participar les dicen que se queden afuera del aula sin ninguna actividad alternativa. El problema es que, por ley, la religión forma parte de la currícula. Y si un chico no quiere recibirla, queda boyando”.

- ¿Por qué argumentan ustedes que las normas salteñas son inconstitucionales?

- Violan la libertad de pensamiento (no solo religiosa) y los tratados internacionales, con rango constitucional desde 1994, que defienden el derecho individual a planificar la vida sin interferencia del Estado. Uno puede ser ateo o agnóstico y no considerar que la morar viene de una u otra religión. Si se quiere enseñar todas las religiones no lo cuestionamos. Sería darle conocimientos a todos los chicos. Pero no es lo que pasa en Salta.

- ¿Cómo llegan a esta causa?

- Fueron los padres los que nos pidieron que intercediéramos, porque estaban viviendo situaciones discriminatorias. No es una cuestión ideológica.

- ¿Cómo será su presentación el miércoles que viene?

- Vamos a trabajar en dos ejes. Por una parte, los padres que sienten que sus hijos son discriminados. Por otro, que se viola la libertad de pensamiento. No debe haber símbolos religiosos, ni rezos en las escuelas públicas. Si los padres católicos quieren ese tipo de instrucción debe ser una actividad extracurricular. La derogación de la ley 1420 de educación común dejó un vacío legal, pero ya no se trata de esa ley ni de las normas nacionales. Son los tratados internacionales que garantizan la libertad de pensamiento. En Francia, por ejemplo, no se puede tener ningún símbolo religioso en las escuelas. Es una exageración: nadie tiene que ser discriminado.

La causa

La causa se remonta a 2010, cuando la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), con sede en Buenos Aires, secundada por un grupo de seis madres, presentó una acción de amparo colectivo contra el ministerio de Educación de Salta, solicitando el cese de las clases de educación religiosa en las escuelas públicas por considerarlas “atentatorias contra la libertad de conciencia”.

Las demandantes postularon representar los intereses de “todos aquellos padres que no querían que sus hijos recibieran enseñanza escolar en la religión católica”.

En tanto, la Provincia sostuvo la defensa de la autonomía de Salta para incorporar a su Constitución la cláusula impugnada por las amparistas, con base en varios tratados de derechos humanos y en la propia Constitución Nacional, insistiendo en que se instrumentó “un sistema de libre opción, sin imposición de la enseñanza de ningún credo en particular”.

Así lo recalcaron los cuatro obispos con jurisdicción en el territorio de Salta en su pronunciamiento de abril declaración de los cuatro obispos del territorio de Salta, en el que se destacó que la enseñanza religiosa en la provincia “es un derecho de todos, posibilitando que los sectores más humildes de la sociedad, de convicciones profundamente religiosas, reciban una educación integral”.