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“Amoris laetitia”, una duda sobre los “dubia”
06 - 05 - 2017 - VATICANO - Documentos

En el postfacio de un volumen sobre la exhortación apostólica se discute sobre los actos «intrínsecamente malos» y sobre los condicionamientos, a partir de las críticas de los cuatro cardenales.La idea  de que con “Familiaris consortio” y “Veritatis splendor” se ha codificado una doctrina completamente inatacable que no requiere más desarrollo, ha provocado bloqueos en el pensamiento y en la acción de la Iglesia católica. (Andrea Tornielli-Vatican Insider)

El volumen «¿“Amoris laetitia”: punto crucial para la teología moral?» (ediciones San Pablo) fue presentado el 4 de mayo en la Pontificia Universidad Gregoriana y contiene un postfacio firmado por dos de los editores que se ocupa directamente sobre el tema de las críticas contra la exhortación apostólica. Stephan Goertz, profesor de teología moral en la Universidad de Mainz y Antonio Autiero, que fue profesor de teología moral en la Universidad de Münster, publican un capítulo final titulado «A propósito de dudas, errores y distinciones».

Antes que nada, los dos estudiosos recuerdan que, para la situación e los divorciados que se han vuelto a casar, Papa Francisco «aclaró que para él la solución pastoral contenida en su documento sin duda es conciliable con la ley de Dios, con la instancia de la misericordia y con el concepto cristiano de la conciencia formada». Es, pues, posible que, en ciertos casos y en determinadas condiciones, los divorciados que se han vuelto a casar puedan recibir el sacramento de la penitencia y de la eucaristía, «cuando para ellos se configura —escriben Goertz y Autiero— lo que “Amoris laetitia” dice sobre el discernimiento ético sobre su situación de vida, conducido de manera diferencial y cuidadosa». De hecho, «Amoris laetitia» afirma: «Ya no es posible decir que todos los que se encuentran en alguna de las llamadas situaciones “irregulares” viven en estado de pecado mortal, privados de la gracia santificante».

Un papel central en las críticas contra la exhortación, observan los estudiosos, lo tiene la categoría de los actos «intrínsecamente malos». Así, por ejemplo, la ya famosa carta que contiene las dudas de los cuatro cardenales dice: «¿En la exhortación apostólica post-sinodal “Amoris laetitia” (cfr. 304) todavía es válida la doctrina de la encíclica “Veritatis splendor” (cfr. 79) de San Juan Pablo II, basada en la Sagrada Escritura y en la tradición de la Iglesia, sobre la existencia de normas morales absolutas, que valen sin excepción y que prohíben actos intrínsecamente malos?».

«Una respuesta simplificada con un sí o no —dice el postfacio— no estaría en sintonía con la discusión teológico-moral sobre los actos intrínsecamente malos. La materia es mucho más diferenciada de lo que la pregunta pudiera sugerir. Según los autores de los “dubia”, la posición de “Amoris laetitia”, en definitiva, deja imaginar la plausibilidad de un “homicidio” legal».

La referencia a ese pasaje de la carta de los cardenales Burke, Caffarra, Brandmüller y Meisner critica la insistencia en las circunstancias atenuantes y en las intenciones subjetivas. Los cuatro purpurados afirman: «Para estas teorías, la conciencia podría, efectivamente, legítimamente decidir que, en cierto caso, la voluntad de Dios para mí consiste en un acto en el que yo transgredo uno de sus mandamientos. “No cometerás adulterio” sería visto apenas como una norma general. Aquí y ahora, y dadas mis buenas intenciones, cometer adulterio sería lo que Dios realmente me pediría. En estos términos, casos de adulterio virtuoso, de homicidio ella y de perjurio obligatorio serían, cuanto menos, hipotizables».

Justamente en este punto, según los autores del postfacio, «se debe constatar una insensata» contradicción de términos. «Un acto de asesinato moralmente injustificado no puede ser al mismo tiempo moralmente legítimo. Matar es ya en sí mismo un término con connotación negativa, como por ejemplo hurto o mentira. La cuestión es, por ello poco sensata, si semejantes actos pueden ser permitidos o no. Claro, pero —añaden Goertz y Autieri— es una cuestión éticamente sensata, si cualquier acto de homicidio es un asesinato, cualquier enajenación de patrimonio ajeno es un hurto o cualquier afirmación falsa es también una mentira. La tradición moral conoce en estos tres casos circunstancias que hacen admisible un acto de homicidio, una enajenación del patrimonio ajeno o una afirmación falsa».

Por ello, los actos en cuestión «no valen como actos intrínsecamente malos, con obligación moral sin excepción». El adulterio es un término con connotación negativa, «a tal punto que obviamente nunca podría existir un “adulterio virtuoso”. Pero con esto la cuestión no se ha aclarado para nada, si, pongamos, una persona, después de un matrimonio catastrófico desde el punto de vista humano, privo de amor y cuyo carácter de imagen del amor de Dios se ha destrozado, no puede encontrar en una nueva relación esa plenitud humana y espiritual, vivida también en las formas expresivas de su existencia corporal. “Amoris laetitia” no excluye del todo la posibilidad —escriben los estudiosos—, aunque con ello no se puede decir que apruebe al adulterio».

«Parece casi que se asoma el temor —se lee en el postfacio— de que en el ámbito de la sexualidad humana ya no haya actos absolutamente condenables y vinculantes para la conciencia, si ya no se reconoce explícitamente la enseñanza de “Veritatis splendor” sobre los actos intrínsecamente malos. Pero, ¿es posible nutrir tal duda seriamente? Lo que la teología moral nos dice al respecto es muy claro: existen normas morales que valen de manera universal y categórica, y existen actos que se pueden cualificar como intrínsecamente malos, en el sentido de que para ellos no existe ninguna justificación posible».

Por ello, los dos profesores de teología moral afirman que se puede «fácilmente disipar la duda» sobre la convicción de que existen realmente instancias morales, cuya validez es incondicional. «Claro que existen preceptos morales absolutos. Pero también hay un debate considerable en la teología moral sobre la cuestión de si todos esos actos, que en los recientes pronunciamientos del magisterio (bajo la influencia del pensamiento neoclásico sobre la sexualidad y el matrimonio) son adscritos a esta clase de preceptos, realmente pertenecen a ellas en cuanto actos intrínsecamente malos».

Por lo tanto, se podría preguntar si verdaderamente «cualquier sexualidad vivida en un segundo matrimonio» representa, de por sí, un acto de adulterio y de pecado grave, «incluso cuando, por ejemplo, la anterior “íntima comunidad de vida y de amor” (“Gaudium et spes”, n.48) ya no existe. Hay que evitar creer que semejantes cuestiones sean consideradas cerradas o resueltas de una vez por todas, a la luz de la ley divina».

«La idea de conjunto de que con “Familiaris consortio” y “Veritatis splendor” se haya codificado una doctrina completamente inatacable desde el punto de vista de la teología moral, una doctrina que se basa sólidamente en la Sagrada Escritura y en la tradición, una doctrina que no requiere más desarrollo, ha provocado bloqueos en el pensamiento y en la acción de la Iglesia católica. Con “Amoris laetitia”, el Papa Francisco se propone ofrecer un impulso para continuar con la búsqueda, incluso en este campo».