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"Amoris laetitia". Consejos mínimos para no extraviar el camino
06 - 07 - 2016 - VATICANO - Documentos

Los formula el cardenal Ennio Antonelli, pero pidiendo también "posteriores indicaciones por parte de la autoridad competente", para prevenir "riesgos y abusos tanto entre los pastores como entre los fieles" .Artículo de Sandro Magister

Desde hace algunas semanas circula silenciosamente un escrito del cardenal Ennio Antonelli, como comentario de la exhortación apostólica post-sinodal "Amoris laetitia".

El cardenal Antonelli, de 79 años de edad, es una autoridad en la materia. Fue presidente durante cinco años del Pontificio Consejo para la Familia y también acumuló una notable experiencia pastoral. Primero fue arzobispo de Perugia y luego de Florencia, además de secretario durante seis años de la Conferencia Episcopal Italiana. Tiene una sólida formación teológica y pertenece al Movimiento de los Focolares.

Sin embargo, no obstante estas credenciales, no fue llamado por el papa Francisco a participar en el sínodo sobre la familia, ni a la primera ni a la segunda sesión.

Pero esto no le impidió participar activamente en la discusión, en particular con un folleto publicado en junio del año pasado y ampliamente citado en este servicio de www.chiesa:

> Sínodo. El doble grito de alarma del cardenal Antonelli

Hace un año, el temor del cardenal era que "la comunión eucarística de los divorciados que se han vuelto a casar y de los convivientes se convierta rápidamente en un hecho generalizado", con la consecuencia que "ya no tendrá mucho sentido hablar de indisolubilidad del matrimonio y perderá relevancia práctica la celebración misma del sacramento del matrimonio".

Hoy, luego de la publicación de "Amoris laetitia", no ve que se haya disipado este temor. Pero ni siquiera le parece invencible, si se sabrá ofrecer – dice – una aplicación atenta y sabia de "Amoris laetitia", capaz de arrojar luz sobre sus pasajes oscuros, mejor todavía si se cuenta con la ayuda de futuras "indicaciones ulteriores por parte de la autoridad competente".

Como ya aconteció hace un año, también este escrito del cardenal Antonelli tomará rápidamente la forma de un libro pequeño, editado en Italia por Ares.

Aquí, a continuación, anticipamos algunos pasajes. De particular interés son, en el final, los consejos dados a los confesores respecto al acceso a la comunión de los divorciados que se han vuelto a casar.

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Entre reglas y excepciones, un equilibrio difícil

por Ennio Antonelli


"Amoris laetitia" ha tenido interpretaciones contrapuestas entre los pastores, entre los teólogos, entre los operadores de comunicación social. Surge espontánea la pregunta: ¿respecto a la doctrina y a la praxis tradicional, en particular respecto a la "Familiaris consortio" de Juan Pablo II, hay continuidad, ruptura o novedad en la continuidad? […]

La enseñanza de la verdad objetiva en "Amoris laetitia" sigue siendo la de siempre, pero en el fondo es mantenida como un supuesto. En primer plano es puesto el individuo como sujeto moral con su conciencia, sus disposiciones interiores y su responsabilidad personal. Por eso no es posible formular una normativa general, sólo se puede alentar "un responsable discernimiento personal y pastoral de los casos particulares" (n. 300).

En el pasado, en los tiempos de la cristiandad, toda la atención se dirigía hacia la verdad moral objetiva, a las leyes generales. Se presumía que era gravemente culpable quien no cumplía con las normas. Ésta era una evidencia común, compartida pacíficamente. Los divorciados en segunda unión escandalizaban, porque ponían en peligro la indisolubilidad del matrimonio. Por eso eran marginados de la comunidad eclesial, porque se los consideraban pecadores públicos.

Más recientemente, en los tiempos de la secularización y de la revolución sexual, muchos ya no comprenden el sentido de la doctrina de la Iglesia respecto al matrimonio y a la sexualidad. Es una opinión muy difundida que las relaciones sexuales entre adultos que lo consienten son lícitas, también fuera del matrimonio. Se puede suponer que algunas personas viven en situaciones objetivamente desordenadas y sin plena responsabilidad subjetiva. Se comprende entonces que Juan Pablo II haya considerado oportuno animar a los divorciados que se han vuelto a casar a que se inserten mayormente en la vida de la Iglesia y a encontrar la misericordia de Dios "por otras vías", diferentes de la reconciliación sacramental y de la eucaristía ("Reconciliatio et poenitentia", n. 34), a menos que se comprometan a observar la continencia sexual.

En un contexto cultural todavía más avanzado de secularización y pansexualismo, el papa Francisco va incluso más allá, pero en la misma línea. Sin negar la verdad objetiva, él concentra la atención en la responsabilidad subjetiva, que a veces puede ser reducida o anulada.[…] Para las normas es competente la doctrina; para los casos individuales es necesario el discernimiento a la luz de las normas y de la doctrina (nn. 79 y 304).

En este proceso dinámico pueden influir los condicionamientos que disminuyen o incluso anulan la imputabilidad del acto humano desordenado (n. 302). En definitiva, ellos se reducen a tres tipologías: ignorancia de la norma, incomprensión de los valores en juego e impedimentos percibidos como ocasión de otras culpas (n. 301). Esta impostación no se aparta de la tradición: se dice siempre que para que haya pecado mortal es necesario no sólo la materia grave (el grave desorden objetivo), sino también la plena advertencia y el consentimiento deliberado (cf. Catecismo de san Pío X). La novedad de "Amoris laetitia" está en la amplitud de aplicación que se da al principio de la gradualidad en el discernimiento espiritual y pastoral de los casos particulares. La intención es dar un testimonio eclesial más atrayente y persuasivo del evangelio de la misericordia divina, consolar a las personas espiritualmente heridas, apreciar y desarrollar lo más posible los gérmenes del bien que se encuentran en ellas.

En la consideración de la dinámica del discernimiento el papa Francisco proyecta la posibilidad de una progresiva y más plena integración en la vida eclesial concreta de las personas en situación de fragilidad, porque experimentan cada vez más, y no sólo saben, que es bello ser Iglesia. Luego de un adecuado discernimiento pastoral, se podrán confiar a ellas diversas tareas, de las que hasta ahora estaban excluidas, pero "evitando cualquier ocasión de escándalo" (n. 299).

El discernimiento personal y pastoral de los casos particulares casi "debería reconocer que, puesto que el grado de responsabilidad no es igual en todos los casos, las consecuencias o los efectos de una norma no necesariamente deben ser siempre las mismas" (n. 300), […] "tampoco en lo referente a la disciplina sacramental, puesto que el discernimiento puede reconocer que en una situación particular no hay culpa grave" (nota 336). "A causa de los condicionamientos o de los factores atenuantes, es posible que, dentro de una situación objetiva de pecado – que no es subjetivamente culpable o no lo es en modo pleno – se puede vivir en gracia de Dios, se puede amar, y se puede también crecer en la vida de gracia y de caridad, recibiendo para ello la ayuda de los sacramentos" (nota 351).

El Papa abre entonces un resquicio también para la admisión a la reconciliación sacramental y a la comunión eucarística. Pero se trata de una sugerencia hipotética, genérica o marginal. […]

El Papa mismo es consciente que, al avanzar por este camino, se corren riesgos: "Comprendo a quienes prefieren una pastoral más rígida que no dé lugar a confusión alguna. Pero creo sinceramente que Jesús quiere una Iglesia atenta al bien que el Espíritu derrama en medio de la fragilidad: una Madre que, al mismo tiempo que expresa claramente su enseñanza objetiva, no renuncia al bien posible, aunque corra el riesgo de mancharse con el barro del camino" (n. 308). Se pueden prever riesgos y abusos tanto entre los pastores como entre los fieles, por ejemplo: confusión entre responsabilidad subjetiva y verdad objetiva, entre ley de la gradualidad y gradualidad de la ley; relativismo moral y ética de la situación; valoración del divorcio y de la nueva unión como moralmente lícitos; desincentivación de la preparación al matrimonio, desmotivación de los fieles separados, acceso a la Eucaristía sin las necesarias disposiciones; dificultades y perplejidades de los sacerdotes en el discernimiento; incertidumbre y ansiedad en los fieles.

Se necesitan ulteriores indicaciones por parte de la autoridad competente para una actuación prudente. […] La admisión a la comunión eucarística exige normalmente la perfecta comunión visible con la Iglesia. No se puede conceder como regla general mientras dura la situación de vida objetivamente desordenada, no importa cuáles sean las disposiciones subjetivas (entre otras, ésta es la disciplina aplicada en las relaciones ecuménicas con los cristianos no católicos). Pero son posible excepciones y, como se ha visto, el Papa muestra que está dispuesto a admitirlas en algunos casos (nn. 300 y 305; notas 336 y 351).

Obviamente, es siempre verdadera la doctrina que todo pecado mortal excluye de la comunión eucarística, testimoniada por toda la tradición […]. El papa Francisco pone de relieve el carácter social - la discriminación de los pobres - que consideraba al pecado incompatible con la Eucaristía, por eso mismo condenado por san Pablo (nn. 185-186), pero seguramente no pretende negar que todos los pecados mortales constituyen un impedimento. En consecuencia, para recibir dignamente la Eucaristía son necesarias la conversión y la reconciliación sacramental. […]

Para las parejas en situación irregular el cambio adecuado es la superación de su situación, al menos con el compromiso serio de la continencia, aunque a causa de la fragilidad humana se pueden prever recaídas (nota 364). Si falta este compromiso, es más que difícil identificar otros signos suficientemente seguros de las buenas disposiciones subjetivas y de la vida en gracia de Dios. Pero se puede lograr una probabilidad razonable, al menos en algunos casos (nn. 298 y 303).

A la espera de convenientes indicaciones más autorizadas, trato de formular con muchas precauciones una hipótesis respecto al modo de proceder en el fuero interno, en el difícil caso en el que se careciera de un claro propósito respecto a la continencia sexual.

El sacerdote confesor puede encontrar un divorciado que se ha vuelto a casar que cree sincera e intensamente en Jesucristo, lleva un estilo de vida comprometido, generoso, capaz de sacrificio, que reconoce que su vida de pareja no se corresponde con la norma evangélica, pero considera que no comete pecado a causa de las dificultades que le impiden observar la continencia sexual. Por su parte, el confesor lo acoge con cordialidad y respeto; lo escucha con benévola atención, buscando considerar los múltiples aspectos de su personalidad. Además, lo ayuda a hacer mejores sus disposiciones, de tal modo que pueda recibir el perdón: respeta su conciencia, pero le recuerda su responsabilidad frente a Dios, el único que ve el corazón de las personas; le advierte que su relación sexual está en contradicción con el Evangelio y la doctrina de la Iglesia; lo exhorta a rezar y a comprometerse para arribar gradualmente a la continencia sexual, con la gracia del Espíritu Santo. Por último, si el penitente, aunque prevea nuevas caídas, muestra una cierta disponibilidad a dar pasos en la justa dirección, le da la absolución y lo autoriza a acceder a la comunión eucarística pero sin provocar escándalo (comúnmente en un lugar donde no es conocido, como ya hacen los divorciados que se han vuelto a casar y que se comprometen a practicar la continencia). En todo caso el sacerdote debe atenerse a las indicaciones dadas por su obispo.

El sacerdote está llamado a mantener un difícil equilibrio. Por una parte, debe testimoniar que la misericordia es el corazón del Evangelio (n. 311) y que la Iglesia, al igual que Jesús, acoge a los pecadores y cura las heridas de la vida. Por otra parte, debe custodiar la visibilidad de la comunión eclesial con Cristo que resplandece en la predicación del Evangelio, en la celebración auténtica de los sacramentos, en la justa disciplina canónica, en la vida coherente de los creyentes; en especial, debe potenciar la misión evangelizadora de la familia cristiana, la cual está llamada a irradiar la presencia de Cristo con la belleza del amor conyugal cristiano: uno, fiel, fecundo e indisoluble (cf. Concilio Vaticano II, "Gaudium et spes", n. 48).

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Traducción en español de José Arturo Quarracino(CHIESA)