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EUA: el “derecho” al matrimonio gay que no estaba en la Constitución
05 - 07 - 2015 - EMERGENCIA ANTROPOLOGICA - Unión Gay

Ryan T. Anderson, investigador de la Heritage Foundation y fundador de la revista de pensamiento Public Discourse, ha sido una de las caras más visibles en el debate sobre sobre el matrimonio gay. Su amicus brief ante el Supremo fue citado por uno de los jueces discrepantes, Clarence Thomas. Ahora ha publicado un comentario a la sentencia en el blog oficial del Tribunal.

“Tal y como explican claramente los cuatro votos particulares de los jueces discrepantes –escribe Anderson–, la sentencia de hoy, Obergefell v. Hodges, no tiene nada que ver con la Constitución. Este fallo es quizá el ejemplo más claro de activismo judicial que hemos visto en los últimos años (…). La mayoría del Tribunal ha sustituido sencillamente la visión de la gente sobre el matrimonio por su propia opinión. Nada en la Constitución proporciona una respuesta a la pregunta “¿qué es el matrimonio?” [título de un libro de Anderson (1)]. Y ninguna de las razones en que se basan puede justificar la redifinición del matrimonio que ha hecho el Tribunal”.

A continuación, Anderson señala cuatro consecuencias que puede tener esta sentencia en la vida social y política de EE.UU. Sus argumentos siguen de cerca lo expuesto por el juez John Roberts, presidente del Supremo, en su voto particular.

La sentencia perjudicará al autogobierno de los estados reconocido por la Constitución. Dado que la Constitución norteamericana no contiene una teoría del matrimonio, sostiene Anderson, los ciudadanos de cada estado son libres para decidir si abren esta institución también a las parejas del mismo sexo o si la mantienen solo para la unión de un hombre y una mujer. El problema es que con esta sentencia el Supremo obliga a todos los estados a cambiar su definición del matrimonio.

De esta forma, los cinco jueces de la mayoría se atribuyen un poder que la Constitución no les otorga, como denuncia Roberts: “Este Tribunal no es un parlamento. Que el matrimonio homosexual sea o no una buena idea es una decisión que no nos corresponde tomar a nosotros. Bajo la Constitución, los jueces tenemos el poder de interpretar lo que dice la ley, no lo que debería decir”.

La sentencia perjudicará al matrimonio. Frente a la idea de que las bodas gais no quitan nada a nadie, Anderson subraya que la redefinición cambia de arriba abajo el matrimonio convirtiéndolo en una relación “más centrada en los deseos de los adultos que en las necesidades –o los derechos– de los niños”. Esto supone ignorar que el matrimonio nació para garantizar de forma natural “que los niños son concebidos por una madre y un padre comprometidos a criarlos en las condiciones de estabilidad que proporciona una relación para toda la vida”, en palabras de Roberts.

“El aspecto más desalentador de la sentencia de hoy es que los jueces de la mayoría se ven obligados a mancillar a los que están en el otro lado del debate”
A la vista de los términos que emplean los jueces de la mayoría, para quienes el matrimonio es sobre todo un asunto de “elección” y de “autonomía”, el juez Roberts se pregunta qué motivos hay para negar el matrimonio a tres o más personas. Al fin y al cabo, desde el punto de vista histórico, el salto que hay entre el matrimonio de hombre y mujer y el homosexual –inconcebible en todas las culturas hasta hace unos años– es mucho mayor que el salto del matrimonio de uno con una a la poligamia, que sí se ha dado en otras culturas.

La sentencia perjudicará a la convivencia social. Al igual que el aborto, la legalización del matrimonio homosexual es una de las cuestiones más controvertidas en la opinión pública norteamericana. El fallo del Supremo no solo pone fin a este debate, opina Anderson, sino que resta legitimidad popular a su decisión: “Es más difícil aceptar un cambio político fundamental cuando lo adopta un tribunal sin fundamento en la Constitución”.

También Roberts apuntó este problema en su voto particular: el Tribunal “se apodera de una cuestión que la Constitución deja a la gente, en un momento en que los ciudadanos están inmersos en un apasionado debate. Y responde a esa pregunta [¿qué es el matrimonio?] no de acuerdo a principios neutrales basados en la ley constitucional, sino según su particular ‘visión de lo que la libertad es y lo que debería ser’ [como dicen los jueces de la mayoría en la sentencia]”.

La sentencia perjudicará a la libertad religiosa. Una consecuencia de haber cerrado el debate por la vía judicial es que los ciudadanos no han tenido la oportunidad de debatir las garantías necesarias para proteger a quienes se oponen al matrimonio gay, ya sea por razones religiosas o por cualquier otro motivo. Es cierto que la sentencia asegura que estas personas podrán seguir “defendiendo” su idea del matrimonio en virtud de la protección que les brinda la Primera Enmienda.

Pero el juez Roberts advierte del peligroso silencio que guardan los jueces de la mayoría respecto a la protección del “libre ejercicio” de la religión, el otro aspecto que junto con la libertad de expresión protege la Primera Enmienda: “La mayoría indica gentilmente que los creyentes pueden seguir ‘defendiendo’ y ‘enseñando’ su idea del matrimonio. No obstante, la Primera Enmienda garantiza [también] el libre ‘ejercicio’ de la religión. Resulta inquietante que la mayoría no haya usado esta palabra”.

Los motivos para preocuparse aumentan cuando se comprueba que la sentencia denigra a quienes piensan que el matrimonio solo puede ser la unión entre un hombre y una mujer. Seguramente, dice Roberts, “el aspecto más desalentador de la sentencia de hoy es que los jueces de la mayoría se ven obligados a mancillar a los que están en el otro lado del debate”. Y así, no solo concluyen sin fundamento que la Constitución ampara el matrimonio gay, sino que “presentan a quienes discrepan con ellos como personas intolerantes”.(ACEPRENSA)