CRISTO HOY
CRISTO HOY

   Sitios Recomendados
        El Vaticano
        Aica
        Rome Reports
        Noticias Vaticanas
  
Cinco nuevas ideas sobre cómo seleccionar a los obispos
10 - 02 - 2015 - VATICANO - Organismos

Propuestas por un teólogo y economista australiano, en una carta abierta a Francisco. Una contribución sencilla y concreta a la reforma de la curia, ya en marcha 

A partir de ayer, y durante dos días más, los nueve cardenales del consejo que ayudan al Papa en el gobierno de la Iglesia universal resumirán el trabajo realizado hasta el momento en lo que se refiere a la reforma de la curia.

Y el 12 y el 13 de febrero someterán sus propuestas a examen ante todo el colegio cardenalicio, reunido en consistorio.

El consistorio será secreto, pero en cualquier caso ninguna conclusión saldrá del mismo. El propio Papa Francisco se ha tomado su tiempo y ha pospuesto cualquier decisión de actuación a fecha no anterior al 2016.

De hecho, las propuestas que se han filtrado hasta el momento parecen estar aún muy lejos de configurar un proyecto orgánico. Incluyen, por ejemplo, la unificación de un determinado número de oficinas curiales en dos nuevas congregaciones, una para la justicia y la paz y otra para la familia y el laicado, articuladas cada una de ellas en cinco departamentos, pero no hay ningún acuerdo sobre su funcionamiento práctico.

Existe la misma incertidumbre en lo que atañe a algunos dicasterios clave ya existentes, como la secretaría de Estado, la congregación para la doctrina de la fe y la congregación para los obispos.

La secretaría de Estado está en proceso de cambio; junto a ella se halla la recién creada secretaría para la economía, pero aún está por ver qué competencias le serán finalmente atribuidas y cuáles no.

La congregación para la doctrina de la fe, entre cuyas tareas está el control - palabra por palabra - de la corrección dogmática de todos los discursos y documentos de la Santa Sede y del Papa, es a menudo desautorizada de facto. No es raro que sus correcciones y observaciones caigan en vacío.

En lo que respecta a la congregación para los obispos, que se encarga de seleccionar a los candidatos que guiarán las diócesis, una innovación que ya está en marcha es su funcionamiento intermitentemente. Efectivamente, con el Papa Francisco sucede con frecuencia que sea él solo quien elija al nuevo obispo, saltándose por completo a la congregación con sus procedimientos e ignorando de manera deliberada las orientaciones y las expectativas de los episcopados locales. Un clamoroso ejemplo de esta autocracia papal ha sido el nombramiento del nuevo arzobispo de Chicago en la persona de Blase Cupich.

En cualquier caso, la reflexión sobre cómo podría obrar una renovada congregación para los obispos está en el aire. La propuesta de que los obispos sean elegidos por las comunidades locales aparece a menudo en los medios de comunicación, pero a nivel de puro deseo.

En cambio habría amplio espacio para innovaciones más profundas y realizables.

El texto que sigue indica, de hecho, algunas de estas posibles innovaciones.

Tiene forma de carta al Papa y su autor es el teólogo australiano Paul Anthony McGavin, de la archidiócesis de Canberra y Goulburn, anteriormente director de la School of Business de la Universidad de Nueva Gales del Sur y presidente de la junta académica de dicha facultad, después sacerdote y párroco y actualmente capellán de la Universidad de Canberra, autor de ensayos muy apreciados.

Las cinco novedades que él propone parten principalmente de un análisis crítico de las modalidades concretas con que los obispos actúan con sus sacerdotes.

 

Mientras que a continuación se reproducen el inicio de la carta y la segunda parte de la misma, con las cinco propuestas de reforma de la congregación para los obispos.

__________

 

CARTA ABIERTA AL PAPA FRANCISCO

de Paul Anthony McGavin


Estimado Santo Padre,

Le escribo sobre la reforma de la congregación para los obispos. Usted ha dicho que los cardenales, durante el cónclave para la elección del Papa, deseaban que se reformara la curia romana y algunos aspectos de dicha actuación han conquistado la atención del público. Sin embargo, poco hemos sabido sobre la reforma de la congregación para los obispos. Me gustaría explicar por qué es fundamental.

La referencia originaria y constituyente de la misma se encuentra en Marcos 3, 13-14: "Y Jesús subió al monte y llamó a los que él quiso; y vinieron donde él. Instituyó Doce, para que estuvieran con él, y para enviarlos a predicar".

Naturalmente usted, Santo Padre, tiene gran familiaridad con este texto, con la naturaleza personal de la llamada que en él se relata y con la naturaleza colegial de la llamada misma. Lo que me gustaría subrayar como sacerdote diocesano es el "estar con él", el estar con Jesús. Este énfasis podría ser desarrollado en los términos de la relación entre el sucesor de Pedro y el colegio apostólicos de los obispos. Pero a mí me gustaría más bien resaltar y enfocar este "estar con" referido a cada uno de los obispos diocesanos "con" sus sacerdotes. [...]

Nos podríamos preguntar: "¿Cuál es el vínculo entre estas observaciones y la reforma de la congregación para los obispos?". La respuesta está en la recuperación de un principio real de responsabilidad de los obispos bajo el mandato petrino. La congregación para los obispos necesita ser remodelada y potenciada de nuevo como instrumento para la "confirmación de los hermanos" en el ejercicio de un ministerio episcopal responsable, que refleje los sentimientos del [documento curial del 2004] "Directorio para el ministerio pastoral de los obispos" y de los principios evangélicos subyacentes.

¿Cómo se puede llevar a cabo todo esto? Propongo a continuación algunos pasos iniciales:


1. Resulta que la documentación para la visita quinquenal de los obispos "ad limina" nace principalmente en el oficio del obispo diocesano. Efectivamente, es él quien escribe el informe sobre lo que ha realizado. El nuncio pontificio del lugar puede proporcionar ulterior información a la curia romana. Pero la recogida de esta información ulterior no es sistemática y, ciertamente, no nace de la consultación directa del correspondiente presbiterio diocesano.

En cambio, sería necesario recurrir a una sistema similar al utilizado por la congregación para la educación católica cuando dicha congregación era responsable de los seminarios, con garantías que sin embargo no estaban presentes en las visitas a los seminarios, para asegurar que las consultaciones de los seminaristas no estuvieran orquestadas por los rectores de los mismos seminarios.

Una delegación de visitadores de la congregación para los obispos debería hacerse presente en algunas diócesis seleccionadas antes de las visitas "ad limina" al Papa y a la curia romana. La delegación de los visitadores debería actuar independientemente, tanto de los obispos diocesanos como de las conferencias episcopales nacionales, dado que una conferencia episcopal actúa normalmente como una asociación de interés común. La delegación de los visitadores debería ser accesible a todo el que quiera reunirse con ella, incluidos los laicos, pero sobre todo al clero y los seminaristas. Con el fin de que la delegación de los visitadores sea informada a fondo, ésta debería incluir competencias locales que podrían proceder del clero y del laicado.

La elección de los miembros de la delegación de los visitadores puede ser ardua, porque a los obispos y a las burocracias episcopales no les interesa un escrutinio desinteresado. No se excluye que en la selección de una delegación de visitadores el único recurso para la congregación de los obispos sea el consejo del nuncio del lugar.


2. Tras el informe de la delegación de los visitadores, la congregación para los obispos debería actuar de manera tempestiva y dinámica. En Australia, raramente ha sucedido que se haya destituido a obispos; y cuando ha ocurrido se ha llevado a cabo con retrasos prolongados. Dá la sensación de que sólo las aberraciones sexuales llevan a un remedio inmediato. Incluso un claro distanciamiento de la doctrina católica suscita sólo intervenciones tardías. Y no parece que una administración episcopal que no observe un justo procedimiento canónico provoque reacción alguna.

Los sacerdotes son conscientes de que recurrir a la congregación para el clero lo único que puede provocar son distintas tácticas de discriminación y procrastinación por parte de los obispos, pues hay una falta de competencia práctica en la aplicación de los decretos de la congregación para el clero que sean favorables al clero. El instinto episcopal hacia la soberanía absoluta y la falta de transparencia y responsabilidad tiene profundas raíces.

Esta dinámica se ha manifestado recientemente de manera pública en Australia, con una "comisión real" y distintas investigaciones parlamentares sobre la gestión episcopal de los casos de abuso sexual sobre menores. A menudo ha sido embarazoso ver lo desorientados que se sienten los obispos cuando se encuentran frente a este tipo de examen público. Dichos exámenes públicos civiles han sido, en determinados aspectos, malinterpretados, pues han centrado la atención sobre la actuación institucional de la Iglesia, cuando el problema es sobre todo la actuación o no actuación social en un sentido más amplio. Sin embargo, estas investigaciones públicas han demostrado qué sucede cuando en la estructura institucional faltan transparencia y responsabilidad.

Son necesarios un pensamiento estratégico, una planificación y una capacidad de realización de lo que se puede y se debe hacer para que las visitas "ad limina" sean instrumentalmente más constructivas y para contrastar la influencia corrosiva y corruptora de la falta de responsabilidad episcopal. Se trata de volver a configurar y potenciar el mandato de la congregación para los obispos.


3. Desde el punto de vista aquí adoptado se deduce que los actos pontificios que son iniciativa individual del Papa podrían ser realizados con prudencia y moderación. No faltan ocasiones para dichos actos.

Santo Padre, Su venerado predecesor incluyó con un "motu proprio" el nombre de José en los textos de la consagración eucarística. Hay otro texto litúrgico que requeriría que se incluyera como "motu proprio". Me refiero a los ritos de ordenación al diaconato y al sacerdocio en los que el candidato, de rodillas ante su obispo sentado, promete "respeto y obediencia" a su obispo y a sus legítimos sucesores.

Leído solo, el texto litúrgico no aclara suficientemente que se trata de un respeto y de una obediencia filiales. Siempre me ha impresionado lo terrible que sería si tuviéramos textos litúrgicos para el matrimonio en los que la esposa prometiera "respeto y obediencia" al esposo, pero en los que el esposo no prometiera, a su vez, "respeto y honor" a la esposa. Para este otro momento litúrgico crucial y público sería necesario incluir un texto que evidenciara los privilegios y las responsabilidades del obispo cuando recibe esta solemne promesa por parte del que se está ordenando.

Dicha inclusión podría hacer que el obispo que ordena responda: "Y yo a ti te prometo, a mi vez, un servicio filial de tu vocación ministerial según el modelo de Cristo, mi maestro y el vuestro". Cada sacerdote y diácono debería poder pedir respetuosamente a su obispo que rinda cuentas de su modo de tratar a sus hijos y hermanos en el ministerio sagrado.


4. Hay una insuficiente percepción práctica por parte de los obispos de que su episcopado debe ser ejercido por "un hombre bajo autoridad", y que un elemento crucial de esta "autoridad" es el Código de derecho canónico. Ciertamente, la autoridad de los obispos es personal, pero es también una autoridad que se ejerce canónicamente, y se ejerce mirando los procedimientos correctos.

La responsabilidad de los obispos debería comportar el control de la observancia de las leyes canónicas en sus administraciones, como también el control de la coherencia en el respeto de los procedimientos correctos. En Australia, ante la "comisión real", los obispos han descrito a la congregación para el clero – "el Vaticano" – como un obstáculo a sus políticas de protección de la infancia, mientras en realidad la congregación para el clero pedía que los obispos observasen el justo procedimiento canónico en su gestión de los casos. En su perfil estratégico la congregación para los obispos necesita una actitud dinámica cuando pide a los obispos que rindan cuentas de la justa administración canónica en todos los aspectos del gobierno episcopal.


5. Demasiado a menudo las diócesis sufren extraños intervalos prolongados entre los mandatos episcopales. Las razones de esto pueden ser muchas y complejas, pero a pesar de todo está claro que la congregación para los obispos no está suficientemente estructurada para una acción estratégica clarividente en materia de sedes episcopales vacantes.

Experimentar interregnos prolongados debilita tanto a las diócesis como a los sacerdotes diocesanos. Los administradores diocesanos no tienen la posibilidad de iniciar nuevos planes y, de este modo, los planes y los programas del obispo precedente se consolidan, incluidos los desaconsejados y disfuncionales. Los sacerdotes se adaptan a estar sin obispo y ésta no es una buena costumbre para un presbiterio diocesano.


Sin duda hay muchas otras cosas que podrían decirse sobre el tema de la reforma de la congregación para los obispos. Pero estas pocas consideraciones podrían proporcionar un hilo conductor, desde el punto de vista de un sacerdote diocesano con una amplia experiencia de alto nivel en el orden civil y con algunos decenios de ministerio diocesano, lejos de los centros de influencia y con la ventaja de una observación imparcial.

Respetuosamente se las confío a usted, Santo Padre.

(Sandro  Magister.CHIESA)