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Argentina: Abogados católicos rechazan el nuevo Código Civil
06 - 10 - 2014 - CULTURA - Política

La Corporación de Abogados Católicos manifestó su preocupación por "profundas reformas en las relaciones familiares, económicas, contractuales que no debieron ser fruto de una mayoría circunstancial, sino de un amplio debate con el debido consenso".

La Corporación de Abogados Católicos manifestó su preocupación por el recientemente sancionado Código Civil y Comercial de la Nación, que consideró “un nuevo atropello” de la mayoría parlamentaria con un nuevo cuerpo normativo que “no contempla la voluntad de los ciudadanos y especialistas de toda índole que formularon su fundada crítica”.

Los abogados nucleados en la entidad indicaron que el nuevo Código involucra profundas reformas en las relaciones familiares, económicas, contractuales y de todo el ámbito del derecho privado en general y argumentaron que su sanción “no debió ser fruto del criterio de una mayoría circunstancial, sino de un amplio debate con el debido consenso”.

“Como se ha visto también en leyes de reciente sanción, la sanción urgente del proyecto de unificación de Códigos, ha respondido solamente a oportunismos políticos del gobierno, seguramente con el deseo de ocultar problemas más graves que nos aquejan, para avanzar contra uno de los pilares de la convivencia pacífica de los argentinos y que regula su vida social, tenga un nombre propio, sin importar su precio”, criticó la corporación, que preside el doctor Enrique Ramos Mejía.

“Los legisladores –agregan- al actuar en contra del sentir de sus representados, no podrán decir que cumplieron el juramento prestado al asumir su cargo, y la Patria podrá seguir el camino que ofrecieron en aquel acto de ser demandados”.

Para la Corporación de Abogados Católicos, el Código Civil redactado por Dalmacio Vélez Sarsfield, con sus distintas modificaciones parciales, “ha mantenido el núcleo sólido y básico de resguardo del individuo, de su libertad, de la protección de la vida, de la familia, del patrimonio, dando prioridad a la moral y las buenas costumbres”.

No obstante, los abogados lamentaron que hoy desaparezca “el criterio del gran jurista acerca de la necesidad del predominio del interés general y colectivo por sobre el interés individual, para el mayor bien de todos y de cada uno, que tan bien refleja la nota al artículo 2508 del Código Civil, recordado muchas veces por la jurisprudencia y la doctrina”.

“Esta disposición mostró claramente que la autoridad emana del saber y no la de un cargo temporario. Pero aún falta determinar si la nueva ley llegará a ser declarada constitucional o no”, concluyeron.
(VALORES RELIGIOSOS)