El Vaticano publicó este jueves por iniciativa del papa Francisco un manual para los eclesiásticos con directivas sobre el procedimiento a seguir a la hora de investigar casos de presunto abuso sexual contra menores de edad dentro de la Iglisia.
Reunidos en un vademecum, estos documentos constituyen un "instrumento" destinado a ayudar a las autoridades locales de la Iglesia en la "delicada tarea de llevar adelante correctamente los casos" que impliquen a religiosos "cuando son acusados" de abusos a menores, explicó el cardenal español Luis Ladaria Ferrer, el prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, en un comunicado.
Según indicó la oficina de prensa de la Santa Sede, la solicitud de documento surgió tras la reunión sobre “la protección de menores en la Iglesia” que se llevó en el Vaticano del 21 al 24 de febrero de 2019 en la cual el Papa Francisco convocó a obispos y superiores generales y se remarcó la necesidad “de la unidad de los obispos en la aplicación de parámetros que tengan valor de normas y no solo de orientaciones”.
Hasta ahora este documento cuenta con 18 páginas y “queda abierto a futuras actualizaciones, también sobre la base de la legislación vigente”. Actualmente está disponible en italiano, español, inglés, francés, portugués y polaco y próximamente estará disponible también en alemán.
El cardenal Ferrer subrayó este “vademeÌcum sobre algunas cuestiones procesales ante los casos de abuso sexual a menores cometidos por cleÌrigos nace de las numerosas solicitudes que han llegado a la CongregacioÌn para la Doctrina de la Fe por parte de Obispos, Ordinarios, Superiores de Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida ApostoÌlica, para disponer de un instrumento que les ayude en la delicada tarea de llevar correctamente los casos en los que estaÌn implicados diaÌconos, sacerdotes y obispos cuando son acusados de abusos a menores”.
En esta línea, el purpurado señaló que el VademeÌcum “fue escrito principalmente para ellos, asiÌ como para los juristas que les ayudan a tratar los casos” y explicó que “no es un texto normativo: no se promulga ninguna nueva ley, ni se emiten nuevas reglas”.
“Se trata, en cambio, de un ‘manual de instrucciones’, que tiene por objeto tomar la mano de quienes deben ocuparse concretamente de los casos de principio a fin, es decir, desde la primera noticia de un posible delito (notitia de delicto) hasta la conclusioÌn final del caso (res iudicata)”, indicó.
De este modo, este texto utiliza fuentes jurídicas y también prácticas. En el plano normativo las principales referencias “son los CoÌdigos vigentes, las normas sustantivas y procesales sobre los delitos reservados a la CongregacioÌn para la Doctrina de la Fe, promulgadas con el motu proprio Sacramentorum Sanctitatis Tutela (2001, actualizado en 2010 por Benedicto XVI), y el maÌs reciente motu proprio Vos estis lux mundi (2019)”, explicó el Purpurado.
Además, junto a las normas citadas estaÌ “a praÌctica de la CongregacioÌn, madurada a lo largo de los años, en particular desde 2001, año de las primeras reglamentaciones dedicadas especiÌficamente a los delitos maÌs graves”, afirmó el Cardenal Ladaria quien agregó que este texto ha recibido “la contribucioÌn de numerosos canonistas, tanto internos como externos a la CongregacioÌn, de tribunales locales y de las dioÌcesis que a lo largo de los años han llevado a cabo investigaciones y juicios bajo el mandato de la CongregacioÌn”.
De este modo, el prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe señaló que el VademeÌcum se entrega hoy en su primera versioÌn, llamada "1.0" ya que “es un nuÌmero que preveÌ futuras actualizaciones”.
“Al ser un ‘manual’, tendraÌ que seguir cualquier evolucioÌn de las normas canoÌnicas y adaptarse a ellas. TambieÌn tendraÌ que responder a los nuevos desafiÌos que la experiencia ofreceraÌ al tratamiento juriÌdico de los casos en cuestioÌn”, afirmó el Cardenal Ladaria quien añadió que “deberaÌ tener en cuenta las consideraciones que provendraÌn de las diferentes realidades eclesiales: dioÌcesis, institutos, facultades eclesiaÌsticas, centros de escucha establecidos a nivel diocesano e interdiocesano”.
Finalmente, el cardenal Ladaria reconoció que “la historia reciente atestigua la mayor atencioÌn de la Iglesia a este flagelo” y agregó que “el camino de la justicia por siÌ solo no puede agotar la accioÌn de la Iglesia, pero es necesario para llegar a la verdad de los hechos”.
“Es un camino articulado, que se adentra en el denso bosque de normas y praÌcticas, ante el cual los Ordinarios y Superiores se encuentran, a veces, en la incertidumbre de la direccioÌn a seguir”, dijo el prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe.
Por su parte, el secretario del mismo Dicasterio vaticano, obispo Giacomo Morandi, señaló en una entrevista concedida a los medios vaticanos que el actual Vademecum “no promulga ninguna norma nueva” pero “la verdadera novedad, sin embargo, es que por primera vez el procedimiento se describe de forma organizada, desde las primeras noticias de un posible delito hasta la conclusioÌn definitiva de la causa, uniendo las normas existentes y la praÌctica de la CongregacioÌn”.
En este sentido, Morandi explicó que los delitos reservados a la CongregacioÌn para la Doctrina de la Fe “son todos los que van contra la fe y soolo los maÌs graves (en el lenguaje comuÌn ahora se habla de delicta graviora) contra la moral y la administracioÌn de los sacramentos”.
Sin embargo, el VademeÌcum publicado este 16 de juluo “se refiere solo a uno de estos delitos, que el artiÌculo 6 del motu proprio Sacramentorum Sanctitatis Tutela atribuye al cleÌrigo cuando realiza acciones contra el sexto mandamiento del DecaÌlogo con menores de edad. Estos son los casos que resuenan maÌs en los medios de comunicacioÌn, tambieÌn por su gravedad”.
Asimismo, ante la cuestión de la obligación de denunciar por parte de los obispos y superiores religiosos, el secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe, destacó que si bien “en algunos paiÌses la ley ya preveÌ esta obligacioÌn, en otros no. De hecho, el motu proprio Vos estis lux mundi del Papa Francisco, promulgado el año pasado, expresa en estos teÌrminos que la Iglesia actuÌe en casos de este tipo: ‘sin perjuicio de los derechos y obligaciones establecidos en cada lugar por las leyes estatales, en particular las relativas a eventuales obligaciones de informacioÌn a las autoridades civiles competentes’ y, por otra parte, el artiÌculo 17 del VademeÌcum tambieÌn establece que ‘incluso en ausencia de una expliÌcita obligacioÌn legal, la Autoridad eclesiaÌstica deÌ noticia a las Autoridades civiles competentes cada vez que considere que esto es indispensable para tutelar a la persona ofendida o a otros menores del peligro de eventuales actos delictivos’”.
Por último, Morandi afirmó que “el camino de la verdad y la justicia es uno de los caminos de respuesta de la Iglesia” por lo que añadió que si es necesario “pero no suficiente” ya que “sin una formacioÌn adecuada, un discernimiento cuidadoso, una prevencioÌn serena pero decidida, no podraÌ curarse por siÌ sola esta herida que estamos presenciando hoy”.