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Italia da vía libre a la eutanasia en determinados casos
26 - 09 - 2019 - EMERGENCIA ANTROPOLOGICA - Vida

El Tribunal Constitucional de Italia ha considerado que no siempre es penalmente sancionable ayudar a morir a un enfermo con una patología irreversible, que le causa sufrimiento físico o psicológico, en un fallo histórico que ha sido celebrado en el país por los defensores de la eutanasia. (Fuente: Infocatolica)

Los magistrados del Constitucional han decidido que no es punible, bajo ciertas circunstancias, ayudar a morir a «un paciente mantenido vivo mediante tratamientos de soporte vital y que sufre de una patología irreversible, fuente de sufrimiento físico y psicológico que considera intolerable, pero que es totalmente capaz de tomar decisiones libres y conscientes», informaron los medios italianos.

Los magistrados se han pronunciado sobre este asunto a petición de un tribunal de Milán, que juzga a Marco Cappato, antiguo eurodiputado y miembro del Partido Radical, por ayudar a morir a Fabiano Antoniani, conocido como Dj Fabo. Antoniani quedó tetrapléjico y ciego tras un accidente de tráfico y se sometió a la eutanasia en una clínica suiza en febrero de 2017.

Cappato, que se arriesgaba a doce años de prisión, ha celebrado el fallo y ha señalado en las redes sociales que ahora la sociedad italiana es «más libre». «Los jueces han decidido: quienes están en condiciones como las de Fabo tienen derecho a ser ayudados», ha escrito.

El Constitucional pidió al Parlamento una ley

En octubre de 2018, el Constitucional instó al Parlamento a acabar con el vacío legal sobre la eutanasia en el plazo de un año, hasta el 24 de septiembre de 2019, algo que no ha sucedido.

El caso llegó al Constitucional después de que el Tribunal Penal de Milán (norte de Italia), donde tiene lugar el proceso a Cappato, decidiera en febrero de 2018 consultar a la alta corte la constitucionalidad del artículo 580 del Código Penal antes de emitir una sentencia.

El artículo 580 del Código Penal italiano sanciona con penas de prisión de entre uno y doce años a quien determine el suicidio o alimente el propósito de suicidio de otra persona.